La Comisión Nacional de Defensa a la Competencia dictó una medida de tutela anticipada para reajustar los valores de las cuotas de los planes de salud
17/04/2024 – 12:09hs
El Gobierno nacional, a través de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC), decidió que las empresas de medicina prepaga retrotraigan una porción de los desmedidos aumentos en sus planes de salud, implementados desde diciembre pasado, momento en el que se liberaron sus precios. Esta acción está acompañada por la imposición de un límite de incremento, basado en la variación de la inflación. Además, se ha lanzado acusaciones de «colusión» y prácticas anticompetitivas contra estas entidades.
Las empresas objeto de investigación por parte de la CNDC, un organismo bajo la órbita de la Secretaría de Comercio e Industria, y afectadas por estas medidas son:
- Galeno Argentina S.A.
- Hospital Británico de Buenos Aires Asociación Civil
- Hospital Alemán Asociación Civil
- Medifé Asociación Civil
- Swiss Medical S.A.
- Omint S.A. de Servicios
- OSDE Organización de Servicios Directos Empresarios
- La Unión Argentina de Salud (UAS), la confederación que las agrupa
- El Sr. Claudio Fernando Belocopitt, en su rol de actual presidente de Swiss Medical S.A. y ex presidente de la UAS.
Según estimaciones, la inflación para el mes de abril se situará en torno al 10%. Teniendo en cuenta que las cuotas de las empresas de medicina prepaga han experimentado un incremento promedio del 151% desde diciembre, se anticipa que estas medidas lograrán reducir la cuota de las prepagas en un 33%, según información proporcionada por la dependencia dirigida por Pablo Lavigne.
La mayoría de prepagas retrotraerá aumentos y devolverán plata
Las prepagas deberán retrotraer los aumentos
En el marco de una investigación por presunta colusión, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) determinó, de forma preliminar, que existen indicios sólidos de un acuerdo colusivo entre las empresas de medicina prepaga. A
demás, consideró también los efectos inmediatos de este supuesto accionar, que es el aumento cuasi uniforme en los precios de los planes.
A raíz de lo anterior, emitió un dictamen aconsejando al Secretario de Industria y Comercio del Ministerio de Economía la adopción de una medida cautelar en los términos del artículo 44 de la Ley 27.442 de Defensa de la Competencia (LDC), que faculta a la Secretaría de Industria y Comercio, en cualquier etapa de una investigación, a imponer el cumplimiento de condiciones u ordenar el cese de conductas con el objetivo de evitar que se produzca un daño, o disminuir su magnitud, su continuación o agravamiento.
Las prepagas deberán retrotraer los aumentos que realizaron desde diciembre por el monto que haya superado la inflación
El dictamen sostiene que siete empresas de medicina prepaga, la confederación que las agrupa y la persona preside la misma, deben cumplir con los siguientes requerimientos:
- En primer lugar, por el plazo de 6 meses, los valores de las cuotas de los planes de salud médico-asistenciales a ser cobradas no podrán superar al siguiente cálculo: la cuota del plan de salud médico asistencial del mes de diciembre de 2023 multiplicada por (1 + la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos vigente al momento de la facturación correspondiente, y el mismo Índice correspondiente a diciembre de 2023). La medida aclara que, en el caso de los clientes dados de alta luego de diciembre de 2023, el ajuste debe realizarse teniendo como base un plan similar al contratado.
- En segundo lugar, cesar con cualquier tipo de intercambio de información, ya sea en el marco de las reuniones de la Confederación Unión Argentina de Salud (UAS) o cualquier otro ámbito, que implique precios, servicios a proveer, costos y cualquier otra información comercial.
- Asimismo, la medida preventiva ordena además a las compañías de medicina prepaga a presentar información a la CNDC sobre precios nominales de cada plan de salud ofrecido, ingresos obtenidos por cada plan de salud y cantidad de afiliados en cada uno de los planes. Las empresas deberán aportar datos desde diciembre de 2023 en adelante, e informar su actualización con una frecuencia mensual. A su vez, las compañías y la UAS tienen la obligación de publicar, en el plazo máximo de 10 días hábiles a partir de la notificación de la cautelar, el texto completo de la medida de tutela anticipada en sus respectivos sitios web.
«Se estima que la inflación de abril será del 10%, y tomando en cuenta que las cuotas de la medicina prepaga se incrementaron en promedio un 151% desde diciembre, la medida logrará reducir la cuota de las prepagas en un 33%», informó la dependencia que conduce Pablo Lavigne.
Desde el sector se mostraron «sorprendidos» por la medida y analizan su alcance. El cálculo preliminar que realizaron arrojó que «las cuotas deberían bajar un 25% ya que aumentaron en promedio 6% 0 7% sobre la inflación».