Finalmente, las empresas de medicina prepagan devolverán parte de los montos que habían cobrado de más a sus afiliados durante los primeros meses del año en doce cuotas, las que se irán actualizando de acuerdo con la tasa pasiva de plazo fijo del Banco Nación.
Esto fue acordado esta tarde, tras la audiencia que se llevó a cabo en el Juzgado Civil y Comercial Federal N°3 a cargo del juez Juan Rafael Stinco. También se incorporarán a aquellas personas que se hayan dado de baja en los últimos meses, sin darle ninguna penalidad.
Fueron 23 las compañías de medicina prepaga incluidas en el amparo contra el exceso de los aumentos presentado por la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), más otras 18 que incluyó el juez Juan Rafael Stinco: es decir, un total de 41 empresas eran la que debían presentar hoy la propuesta en el Juzgado Civil y Comercial Federal 3.
Además, en la reunión dieron como sugerencia que se baje la investigación a las prepagas por cartelización que inició la Secretaría de Comercio y liberar los precios desde octubre en la audiencia convocada por la Justicia.
Estas 12 cuotas están ajustadas por el Índice de costos de Salud y, aprobado por la Resolución 1293/2022 del Ministerio de Salud, y el Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), el tope previsto en el artículo 1º del Decreto Nº743/22 y el valor correspondiente a 6 salarios mínimos, vitales y móviles, según el Decreto 743/2022 y la Resolución 2577/2022.
También presentaron una propuesta para indexar los próximos meses, diferente a la que marcaba el amparo presentado por la Superintendencia de Seguros de la Salud y la decisión de la Secretaría de Comercio, que se guiaba por el índice de precios al consumidor (IPC) del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
En este caso, pretenden que la cuota de junio se debe ajustar por el IPC y de julio a septiembre por el 95% de ese mismo cálculo. De esta manera, si la inflación un mes es del 10%, la cuota sube 9,5%.
Estas 12 cuotas, en las que pretenden devolver las prepagas, están ajustadas por el Índice de costos de Salud
Los puntos fueron acordados por los representantes del Gobierno y de las entidades, en el marco de la audiencia a la cual convocó el juez Juan Rafael Stinco.
Qué prepagas debían presentarse ante la Justicia
Las prepagas que debían exponer sus propuestas y que fueron citadas eran Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE), Swiss Medical S.A., Medicus S.A. de Asistencia Médica y Científico, Omint S.A. de Servicios, Galeno Argentina, Medifé Asociación Civil, Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires, Obra Social de Dirección de Sanidad Luis Pasteur, Medicina Prepaga Hominis, Medicina Esencial, Asociación Mutual del Personal Jerárquico de Bancos Oficiales Nacionales, Obra Social de la Unión del Personal Civil de la Nación, Mutual Federada 25 de junio Sociedad de Protección Recíproca, ACA Salud Cooperativa de Prestación de Servicios Médicos Asistenciales Ltda., Asociación Mutual Sancor, Prevención Salud, Sistema Integrado de Prestadores de Salud, MET Córdoba, Hospital Alemán Asociación Civil, Grupo DDM, Asociación Hospital Británico de Buenos Aires, Centro de Educación Médica e Investigaciones Clínicas y Círculo Médico de Lomas de Zamora.
A esas hay que sumarles las 18 que agregó el juez: International Health Services Argentina S.A., Obra Social YPF, OPDEA, Osdepym, Fundación Médica de Mar del Plata, Ensalud, Sociedad Española de Beneficencia y Mutualidad, Cobensil, Medin S.A.S.M.A., Centro Médico Pueyrredón, Programa de Salud, Medical’s Organización de Prestaciones Médicas Privadas, Obra Social del Personal de Dirección de la Industria Privada del Petróleo, Femedica, Asistencia Sanitaria Integra, Bristol Medicine, Asociación Civil de Estudios Superiores, y Consejo Profesional de Ciencias Económicas de CABA.
Cómo serán los aumentos de cuota de las prepagas
El Gobierno determinó que el valor de cuota de referencia para la aplicación de los aumentos de las prepagas máximos será el correspondiente a la cuota de diciembre de 2023, independientemente de su fecha de pago o facturación.
Estos valores no podrán superar la cuota del plan de salud médico asistencial del mes de diciembre de 2023 multiplicada por (1 + la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el INDEC vigente al momento de la facturación correspondiente, y el mismo Índice correspondiente a diciembre de 2023).
De esta manera, para calcular el valor máximo de la cuota actual (hasta mayo), se deberá aplicar un ajuste, como máximo del 93,3% para la cuota de abril (es decir, la inflación acumulada entre los meses de noviembre a febrero). Mientras que para la cuota de mayo se deberá aplicar como máximo un ajuste del 114,6% (es decir, la inflación acumulada en los meses de noviembre a marzo).