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El Gobierno oficializó el bono para jubilados y pensionados que cobran el haber mínimo

La suma quedó establecida a través del Decreto 1050/2024 y alcanza también a titulares de diversas prestaciones no contributivas de Anses

29/11/2024 – 08:55hs

A través del Decreto 1050/2024 publicado este viernes en el Boletín Oficial, el Gobierno confirmó el pago del bono de $70.000 para el mes de diciembre, destinado a jubilados y pensionados con haberes mínimos.

En concreto, el texto resuelve: «Otorgase un BONO EXTRAORDINARIO PREVISIONAL por un monto máximo de PESOS SETENTA MIL ($70.000) a los beneficiarios enunciados en el artículo 2° del presente decreto y cuyos haberes previsionales se encuentren comprendidos dentro de los parámetros establecidos en los artículos 3° y 4° de la presente medida, que se abonará en el mes de diciembre de 2024″.

Qué grupo de jubilados y pensionados cobrará el bono en diciembre

Los grupos que se verán alcanzados por dicho Bono Extraordinario Previsional, son:

  1. Las personas titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la Administración Nacional De La Seguridad Social (ANSES), otorgadas en virtud de la Ley 24.241, sus modificatorias y complementarias, de regímenes nacionales generales anteriores y sus modificatorias, de regímenes especiales derogados, o por las ex-Cajas o Institutos Provinciales y Municipales de Previsión cuyos regímenes fueron transferidos a la Nación, cuya movilidad se rija por el artículo 32 de la Ley 24.241 y de las prestaciones del régimen establecido por el Decreto 160/05;
  2. Las personas beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), instituida por el artículo 13 de la Ley 27.260 y sus modificatorias;
  3. Las personas beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de SIETE (7) hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables, cuyo pago se encuentra a cargo de la Anses.

Debido a su carácter de extraordinario, no lo hace pasible de descuentos, condición que se establece «por el presente decreto tendrá carácter de no remunerativo y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto»; al mismo tiempo que aclara que para recibir el pago, los beneficios «deben encontrarse vigentes en el mismo mensual en que se realice su liquidación». El último decreto que se había publicado sobre este haber fue en el mes de noviembre bajo el Número de Decreto 965/2024.

La medida comienza a regir a partir de su publicación, mientras que la Jefatura de Gabinete «realizará las adecuaciones presupuestarias correspondientes para dar cumplimiento a las disposiciones que se establecen por el presente decreto», al igual que la ANSES que «deberá adoptar todas las medidas complementarias y aclaratorias que sean necesarias para asegurar los objetivos planteados en el presente decreto.»

Los haberes mínimos y máximos para las jubilaciones de organismo de Seguridad Social, tendrán un aumento del 2,69% en el mes de diciembre. El incremento alcanza a pensionados y a beneficiarios de otras prestaciones sociales.

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