jueves, 20 febrero, 2025
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Monotributo e indemnización cambian con la reforma laboral de Milei

Reforma laboral: qué cambia para monotributistas e indemnización

El mega paquete de modificaciones del Gobierno se pone en marcha. Surgen beneficios, pero también cambios polémicos para los empleados

18/02/2025 – 17:53hs

La reforma laboral que puso en marcha el Gobierno de Javier Milei provocó gran revuelo entre el sector gremial, empresario y político. Es que este mega paquete de modificaciones que implementó el Poder Ejecutivo prevé modificaciones en materia de vacaciones, vínculos laborales (relación de dependencia y contratados), horas extra, indemnizaciones, despidos, entre otras.

La reforma laboral de Javier Milei impacta en monotributistas

Uno de los puntos claves del proyecto aprobado en el Congreso tiene que ver con que se crea la figura del «trabajador independiente». Se trata de profesionales que podrán contar con hasta cinco colaboradores sin establecerse (necesariamente) entre ellos una relación laboral formal (contrato de obra o relación de dependencia). El objetivo es promover el emprendedurismo y fomentar la flexibilidad de contrataciones.

Este aspecto podría provocar un aumento en la contratación de monotributistas, lo que evitaría afrontar mayores cargas sociales e indemnizaciones a empresarios y/o emprendedores.

Sin embargo, hay que hacer referencia a la otra cara de la moneda: puede pasar que las empresas contraten monotributistas para ahorrarse el costo de derechos laborales que deberían aplicar para empleados en relación de dependencia. Además, de que provocaría una menor estabilidad en el vínculo laboral en cuestión.

No más indemnizaciones por despido: ¿qué es el fondo de cese laboral?

Otro cambio fundamental se relaciona con la creación de un fondo de cese laboral que, mediante convenios colectivos de trabajo, reemplace al régimen tradicional de indemnizaciones. De este modo, el trabajador deberá aportar hasta 8% de su sueldo a un fondo que estará disponible en caso de que la relación laboral con la empresa finalice por despido.

Por otra parte, se excluye al Sueldo Anual Complementario (aguinaldo) del cálculo indemnizatorio, al igual que otros pagos de carácter semestral o anual. Esto provocará que, en algunos casos, el monto en concepto de indemnización sea menor.

Reforma laboral: qué cambios prevé el Gobierno para las vacaciones

Uno de los temas que se incluye en la reforma laboral presentada por los diputados libertarios es el de las vacaciones.

A continuación, se detallan los cambios previstos en el proyecto de ley:

  • Se podrán otorgar vacaciones en cualquier época del año y hasta el 30 de abril del año siguiente al que corresponden.
  • El otorgamiento deberá informarse con 21 días de anticipación, y podrá otorgarse en forma fragmentada y por períodos no inferiores a 1 semana.
  • El trabajador tendrá derecho a gozar sus vacaciones una vez cada dos periodos en temporada de verano, salvo que opte por una época de goce distinta.

Vale aclarar que parte de esto ya se viene practicando en muchas compañías desde hace años.

Para el caso de matrimonios que desarrollen tareas en un mismo establecimiento, se dispone que el empleador otorgue las vacaciones en el mismo período.

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