La Cámara de Senadores de Entre Ríos sancionó un proyecto de Comunicación que insta al Poder Ejecutivo a finalizar los trámites administrativos para incorporar a 85 bomberos voluntarios sin obra social como beneficiarios de la Asociación Mutual Bomberos Voluntarios de Entre Ríos (Ambver).
El Senado de la provincia sancionó en la sesión del 27 de mayo un proyecto de Comunicación que impulsa que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Dirección de Defensa Civil y de las áreas que estime pertinentes, concrete la finalización de los trámites administrativos correspondientes (expedientes 3298096 y 3321461) para incorporar a 85 bomberos voluntarios sin cobertura de obra social como beneficiarios de la Asociación Mutual Bomberos Voluntarios de Entre Ríos (Ambver), según lo establecido por el artículo 33 inciso c) de la Ley Provincial Nº 11.116 de Bomberos Voluntarios.
El proyecto detalla que existen expedientes iniciados en la administración pública provincial para incorporar a 85 bomberos voluntarios sin obra social, pero dichos trámites aún no están finalizados, lo que impide concretar las altas a la cobertura de la Mutual. El Expediente 3298096, generado el 12/09/2025, incluye un listado de 58 bomberos de las asociaciones de Victoria, San Salvador, Basavilbaso, Gualeguay, Feliciano, Villa Domínguez, Aldea Brasilera, Nogoyá, Maciá, Chajarí, Ubajay, Ibicuy, Concordia, Paraná, San José, Galarza, San Justo, Bovril y Gualeguaychú. El Expediente 3321461, generado el 29/10/2025, contiene otros 27 bomberos de Valle María, Villaguay, Concepción del Uruguay, Concordia, Hernandarias, Maciá y Ceibas. Además, se informó que hay otro expediente con otros diez bomberos, pero con faltante de documentación, por lo que se irán incorporando a medida que se actualicen los requisitos establecidos por la ley y su decreto reglamentario.
El proyecto, presentado por los senadores Martín Oliva y Juan Diego Conti, del Partido Justicialista, por los Departamentos Uruguay y Tala respectivamente, sostiene que guarda relación con la aplicabilidad de la Ley Provincial Nº 11.116 de Bomberos Voluntarios, sancionada en 2023, que regula la misión, organización y funcionamiento de las Asociaciones de Bomberos Voluntarios en todo el territorio provincial y su vinculación con el Estado Provincial. El artículo 33 de dicha normativa menciona los aportes que el Estado Provincial debe realizar para contribuir al sostenimiento de las asociaciones. En particular, el inciso C del artículo 33 expresa que el Estado Provincial realizará aportes a la Asociación Mutual Bomberos Voluntarios de Entre Ríos (Ambver) para la implementación de prestaciones de salud de aquellos bomberos que no cuenten con cobertura de obra social.
El decreto Nº 4943/23, que reglamenta la Ley Nº 11.116, indica que los aportes para garantizar prestaciones de salud serán equivalentes al 30% del Salario Mínimo, Vital y Móvil fijado por el Gobierno Nacional, por cada bombero informado. El monto surgirá de la operación aritmética equivalente a la suma del 25% mensual, abonados bajo modalidad trimestral, previo cumplimiento de los requisitos que establecerá la Dirección de Defensa Civil, organismo competente para la tramitación y otorgamiento del beneficio.
