martes, 31 marzo, 2026
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Entre Ríos flexibiliza temporalmente el límite de acopio de pescado en el río Uruguay

El gobierno provincial suspendió, mediante una resolución, el cupo mensual de 5.000 kilos para frigoríficos y acopiadores habilitados, ante la baja actividad pesquera registrada en la cuenca.

El Gobierno de Entre Ríos, a través de la Resolución N° 0086/26 publicada en el Boletín Oficial, dispuso una medida urgente para el sector pesquero de la cuenca del río Uruguay. La normativa, firmada por el director de Recursos Naturales y Fiscalización, Mario F. Zárate, suspende temporalmente el límite de acopio mensual de 5.000 kilogramos establecido anteriormente.

La decisión responde a un escenario de baja actividad en la pesca continental sobre los ríos Paraná y Uruguay, lo que generaba un «inconveniente urgente» para frigoríficos y acopiadores locales, según se desprende de los considerandos de la resolución. Ante esta situación, el Área Técnica sugirió permitir la extracción, el acopio y el transporte sin ese límite máximo para los actores habilitados.

La flexibilización alcanza exclusivamente a personas físicas y jurídicas con licencias habilitantes L1 (para empresas con plantas frigoríficas destinadas a exportación) y L2 (para acopiadores destinados al mercado interno con acopio mayor a 15.001 kg). Para estos actores, se elimina temporalmente el cupo máximo para las especies Sábalo y el denominado pescado de línea.

La resolución subraya que la provincia ejerce el dominio originario de sus recursos naturales, buscando un equilibrio entre los aspectos ambientales y comerciales. Aclara que esta modificación no afecta las normas específicas que protegen a las especies ictícolas y a los departamentos costeros, manteniendo el marco de protección ambiental vigente.

Esta medida excepcional tendrá validez desde su dictado hasta el 30 de abril de 2026, fecha en la que volverá a regir el artículo original de la Resolución N° 792/06 DGF. El incumplimiento de las disposiciones será sancionado bajo los términos de la Ley de Pesca N° 4892.

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