Se promulgó la ley que crea la Política Provincial de Desarrollo del Norte Entrerriano

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Boletín Oficial de Entre Ríos con la Ley N° 11.303

El Ejecutivo Provincial promulgó la Ley N° 11.303, que establece la Política Provincial de Desarrollo del Norte Entrerriano. La norma fue publicada en el Boletín Oficial y crea la Mesa Coordinadora de Desarrollo del Norte Entrerriano.

El Ejecutivo Provincial promulgó la Ley N° 11.303, que crea un marco institucional y normativo destinado a fomentar el desarrollo del Norte Entrerriano. La norma fue publicada este viernes en el Boletín Oficial y establece la “Política Provincial de Desarrollo del Norte Entrerriano”.

La iniciativa obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados el 2 de julio y su sanción definitiva en el Senado el 19 de agosto. Posteriormente, fue promulgada por el Poder Ejecutivo provincial el 1° de septiembre.

La ley tiene como objetivo crear un marco para fomentar el desarrollo de la región en distintas áreas. En ese sentido, determina que se busca avanzar en materia “económica, productiva, social, educativa y de infraestructura, basado en proceso de desarrollo local sustentable y sostenido”.

Entre los objetivos fijados por la norma se encuentra promover nuevas cadenas productivas y mejorar las existentes. También se plantea “propiciar el agregado de valor en origen, la industrialización y creación de empleo privado de calidad”, según expresa el artículo 2°.

La ley también apunta a fortalecer la infraestructura necesaria para el crecimiento de la región. Entre sus objetivos establece “impulsar y gestionar la inversión en infraestructura vial, electrificación y conectividad que beneficien a los sectores productivos de la región y generen las condiciones para la instalación de nuevas inversiones”.

Otro de los ejes es la articulación entre los distintos actores de la región. La norma propone “estimular la articulación público-privada en la ejecución de proyectos conjuntos”, además de impulsar acciones de cooperación científica, tecnológica y de innovación.

Qué zonas comprende

La región del Norte Entrerriano definida por la ley comprende distritos de los departamentos Feliciano, La Paz, Federal y Federación.

En Feliciano incluye los distritos Chañar, Basualdo, Manantiales, Feliciano y Atencio; en La Paz, Tacuaras y Ombú; en Federal, Banderas, Achiras, Sauce de Luna, Diego López, Chañar y Francisco Ramírez; y en Federación, Tatutí y Atencio al Este.

Una mesa para coordinar las políticas

Uno de los principales puntos de la legislación es la creación de la Mesa Coordinadora de Desarrollo del Norte Entrerriano (Mcdne), que tendrá la función de coordinar las acciones destinadas a cumplir con los objetivos establecidos.

La ley señala que la Mesa será “el organismo que se encargará de coordinar todas las acciones tendientes a cumplir con los objetivos previstos” y que deberá promover “la coordinación y trabajo colaborativo entre todas las organizaciones estatales y no estatales involucradas en los proyectos”.

La Mesa estará integrada por representantes de la Cámara de Diputados y del Senado, el Poder Ejecutivo, municipios que adhieran a la ley, organizaciones no gubernamentales, el sector productivo privado, el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), universidades e instituciones científico-tecnológicas y la Comisión Administradora para el Fondo Especial de Salto Grande (Cafesg).

Entre sus funciones estará realizar diagnósticos, elaborar planes de desarrollo regional, coordinar acciones entre los distintos niveles del Estado y promover proyectos productivos, sociales, ambientales y territoriales.

También deberá generar espacios de participación ciudadana, monitorear la implementación de políticas y proyectos, evaluar sus impactos y elevar propuestas ante los gobiernos provincial y nacional.

En materia de financiamiento, la Mesa podrá “buscar financiamiento y apoyo para iniciativas locales y regionales”, mientras que también tendrá facultades para proponer la incorporación de nuevos distritos, municipios, comunas o departamentos que compartan características vinculadas con los objetivos de la ley.

Finalmente, la norma establece el plazo para la puesta en marcha del nuevo organismo: “La Mesa Coordinadora de Desarrollo del Norte Entrerriano (Mcdner) deberá comenzar a funcionar a los sesenta (60) días de promulgada esta ley”. Los organismos involucrados deberán definir su integración de acuerdo con la composición establecida en la normativa.