La Cámara de Senadores de Entre Ríos sancionó la Ley de Consorcios Camineros

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Caminos rurales de Entre Ríos

La Cámara de Senadores de Entre Ríos otorgó la sanción definitiva a la Ley de Consorcios Camineros, que establece un régimen para la participación de asociaciones civiles sin fines de lucro en el mantenimiento y mejora de los caminos rurales de la provincia.

La Cámara de Senadores de Entre Ríos otorgó este miércoles la sanción definitiva a la Ley de Consorcios Camineros, una iniciativa promovida por el gobernador Rogelio Frigerio. La norma establece un régimen para la incorporación de asociaciones civiles sin fines de lucro en el mantenimiento, reparación y mejora de la red vial de tierra y ripio, bajo la supervisión técnica, administrativa y contable de la Dirección Provincial de Vialidad (DPV).

El director administrador de Vialidad Provincial, Exequiel Donda, afirmó que la ley responde a una necesidad histórica de la provincia. «El espíritu de la ley busca una solución descentralizada, ágil y solidaria que une a vecinos y productores rurales para cuidar y reparar los caminos de la región», declaró. Además, sostuvo que el nuevo esquema no reemplaza el rol del Estado, sino que lo fortalece mediante una gestión colaborativa. «Vialidad no puede atender la totalidad de la red vial. Estamos hablando de un sistema que fracasó hace muchos años y necesita otro tratamiento. Seguir de la misma manera es continuar con ese fracaso; por eso son necesarias todas las partes: los consorcios, los gobiernos locales y Vialidad trabajando en conjunto», agregó.

Entre Ríos posee una red vial rural de aproximadamente 24.000 kilómetros de caminos de tierra, 4.000 kilómetros de ripio o brosa y 2.000 kilómetros pavimentados. Actualmente funcionan 10 consorcios camineros, que administran 1.467 kilómetros, mientras otros dos se encuentran en proceso de conformación. La sanción de la ley brinda un marco jurídico para ampliar este modelo.

Los consorcios serán entidades de bien público y de servicio comunitario integradas por productores, vecinos y representantes de municipios, comunas y juntas de gobierno, quienes participarán con voz y voto en sus comisiones directivas.

La ley establece que la DPV será la autoridad de aplicación y ejercerá el control técnico, contable y administrativo de cada consorcio, con acceso a sus registros financieros, administrativos y de personal. Cuando administren fondos o bienes públicos, las entidades quedarán sujetas al control externo del Tribunal de Cuentas de Entre Ríos. Los consorcios podrán ejecutar obras de manera directa o mediante terceros y elaborar proyectos propios, que deberán contar con la aprobación técnica de Vialidad antes de su ejecución.

Para constituirse, un consorcio deberá presentar una Comisión Promotora integrada por al menos siete personas, reunir un mínimo de 20 socios activos y acompañar un croquis con los caminos que propone conservar. La DPV tendrá hasta 60 días para evaluar la viabilidad técnica y resolver la solicitud mediante una decisión fundada. Podrán integrar estas entidades propietarios, arrendatarios e inquilinos de establecimientos rurales ubicados dentro de la jurisdicción del consorcio o hasta 50 kilómetros de los caminos comprendidos.

Consorcios actualmente en funcionamiento: Alarcón (116 km), Colonia San Jorge (101 km), Crucesita Octava (135 km), Gilbert (166 km), Isleta Norte (13 km), La Esperanza (157 km), La Micra (263 km), Santa Anita (196 km), Urdinarrain (180 km) y Perdices (140 km). Total: 1.467 kilómetros.