El Defensor General de Entre Ríos, Maximiliano Benítez, se pronunció sobre el nuevo Régimen Penal Juvenil que rige para adolescentes de 14 a 18 años y cuestionó la reducción de la edad de punibilidad de 16 a 14 años.
El Defensor General de Entre Ríos, Maximiliano Benítez, se refirió al nuevo Régimen Penal Juvenil que comenzó a regir para adolescentes de entre 14 y 18 años acusados de cometer delitos. Benítez sostuvo que la reforma no permitiría reducir los índices delictivos ni mejorar la seguridad ciudadana y planteó reparos sobre su compatibilidad con la Constitución Nacional y los tratados internacionales.
La principal modificación establecida por la norma fue la reducción de la edad de punibilidad de 16 a 14 años. Además, el régimen fijó un máximo de 15 años de privación de la libertad para los adolescentes.
Benítez recordó que la Defensoría General de Entre Ríos ya había expresado su oposición a la modificación, tanto por el procedimiento mediante el cual fue aprobada como por su contenido. “Nosotros ya nos hemos expresado en contra del cambio de régimen, de la manera en que se dio y del contenido del mismo”, señaló.
El Defensor General rechazó que esa medida tuviera un impacto directo sobre la cantidad de delitos. “Si el objetivo de esto es lograr mayor seguridad ciudadana, eso no se va a lograr con la baja de la edad de punibilidad”, afirmó. Para sostener su postura, comparó los indicadores de Argentina con los de otros países de la región. Según indicó, la tasa argentina se ubicó en 3,7 homicidios cada 100.000 habitantes, pese a que hasta la entrada en vigencia de la reforma la edad de punibilidad había sido de 16 años.
Benítez señaló que países con edades de punibilidad inferiores registraron tasas de homicidios superiores a la argentina. Mencionó los casos de Uruguay, Brasil, México y Paraguay. “Países que tienen una edad de punibilidad de 12 o 14 años, como vamos a tener nosotros ahora, tienen índices de homicidios muchísimos mayores a la República Argentina”, expresó. “Eso nos demuestra que la baja de edad no disminuye el delito ni da mayor seguridad ciudadana. Si ese es el objetivo, no se va a lograr con esto”, agregó.
En relación con las penas, Benítez reconoció que el establecimiento de un límite máximo de 15 años podía interpretarse como un aspecto progresivo, pero cuestionó la extensión de las condenas. “Conjuntamente con esta baja se establecieron una serie de mecanismos. Por ejemplo, un máximo de pena de 15 años. Eso, en cierto sentido, se puede interpretar como algo progresivo porque le pone un límite a la pena”, añadió.
El Defensor General comparó el sistema con el de Brasil, donde, según indicó, la pena máxima prevista para adolescentes era de tres años y las medidas se revisaban cada seis meses. “Acá no solamente es de 15 años, sino que además no se prevé la revisión de la condena, como dicen los tratados internacionales”, cuestionó. Benítez consideró que esas disposiciones implicaron un retroceso en materia de derechos. “Es una ley regresiva, que retrocede los derechos de los niños y que no se condice con los tratados internacionales, con la Convención sobre los Derechos del Niño ni con las resoluciones del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas”, sostuvo.
En cuanto a la aplicación en Entre Ríos, el funcionario afirmó que los operadores judiciales tendrán que interpretar la nueva legislación en consonancia con las normas de mayor jerarquía. “Debemos tratar de armonizar esta ley, que no es compatible, con la Constitución Nacional. Es una tarea que vamos a tener que hacer todos los operadores de Justicia”, explicó. También planteó que la legislación nacional podría avanzar sobre facultades reservadas a las provincias. Entre Ríos ya cuenta con una normativa provincial que regulaba los procesos penales relacionados con personas menores de edad.
“Esta ley avanza sobre las autonomías provinciales. Si bien es una ley de derecho sustancial, avanza sobre derechos que no fueron delegados por las provincias a la Nación”, sostuvo Benítez. Según explicó, los integrantes del sistema judicial tendrán que determinar qué disposiciones correspondían al ámbito nacional y cuáles debían aplicarse en Entre Ríos. En ese análisis también debería considerarse la legislación penal juvenil provincial.
“Se va a tener que deslindar qué es lo que se aplica a nivel nacional y qué es lo que nosotros vamos a aplicar a nivel provincial, porque tenemos una ley provincial penal de menores”, afirmó. Benítez manifestó que debería priorizarse la norma que resultara más compatible con la Constitución Nacional y los tratados internacionales sobre derechos humanos. Esa interpretación quedaría en manos de jueces, fiscales, defensores y demás operadores involucrados en cada expediente.
Finalmente, el Defensor General reiteró su rechazo a considerar la reducción de la edad de punibilidad como una herramienta para disminuir los delitos cometidos por adolescentes. “No mejora la seguridad ciudadana ni reduce los delitos”, concluyó.

